Resumen: Impugnación de ERTE por fuerza mayor. La resolución administrativa declara la extemporaneidad de la presentación del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución denegatoria de ERTE de la Dirección General de Trabajo. La AN desestima la demanda y declara ajustada a derecho la Resolución impugnada. En el presente caso, la notificación de la Resolución de la Dirección General de Trabajo se llevó a efecto el día 7 de abril de 2020 -según consta en el acuse de recibo de la notificación electrónica efectuada y como asimismo reconoce la empresa en su escrito de recurso-, finalizando el plazo el día 7 de mayo de 2020, por lo que al haberse presentado el recurso el día 13 de mayo de 2020 -como acredita el justificante del Registro Electrónico del Ministerio de Trabajo y Economía Social- queda patente la extemporaneidad de su presentación y, en consecuencia, al tratarse de un plazo perentorio e improrrogable, se estima correcta su inadmisibilidad, siendo por tanto firme la Resolución Administrativa.